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Modelo 347 en asociaciones: si superas el límite, estás obligado

Ilustración de un escritorio con un calendario de febrero, una calculadora y un documento del Modelo 347 destacando el límite de 3.005,06 euros. Incluye el título 'Modelo 347 para asociaciones: ¿estáis obligados?' y el logo de la asesoría JBC Gestión Empresarial.

Si tu asociación (religiosa o no) ha tenido operaciones con un proveedor o cliente que, sumadas en el año,
superen 3.005,06 € (importe total), puede existir obligación de presentar el Modelo 347.
No lo dejes para el final: suele ser donde más fallos aparecen.

Atención: aquí es donde dueleNo presentar el 347, presentarlo fuera de plazo o con datos incorrectos puede terminar en sanción.
En declaraciones informativas, la Ley General Tributaria prevé una multa de 20 € por cada dato o conjunto de datos,
con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 €.
Límite
3.005,06 € por tercero y año.
Qué es
Declaración informativa anual a Hacienda.
Riesgo real
Errores y omisiones generan requerimientos y sanciones.

En JBC Gestión Empresarial, S.L. revisamos tu contabilidad y tus terceros para confirmar si existe obligación,
cuadrar importes y presentar el 347 sin sustos.

¿Qué es el Modelo 347?

El Modelo 347 es una declaración informativa anual de operaciones con terceros.
Sirve para que Hacienda cruce datos entre clientes y proveedores. Aunque no es un impuesto, no presentarlo o hacerlo mal sale caro.

Lo importante: si superas 3.005,06 € con un tercero en el año, revisa la obligación.
Si no lo presentas y Hacienda lo detecta por cruce de datos, el siguiente paso suele ser un requerimiento.

¿Cuándo está obligada una asociación?

Una asociación sin ánimo de lucro (religiosa o no) puede estar obligada si supera el límite con un proveedor o cliente.
Suele ocurrir con gastos recurrentes: alquileres, imprentas, seguros, asesoría, mantenimiento, servicios técnicos o eventos.

Sanciones: lo que nadie quiere

La normativa prevé, para declaraciones informativas, 20 € por dato o conjunto de datos,
con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 €.
Esto significa que varios terceros mal declarados pueden convertir un “despiste” en una sanción relevante.

¿Quieres evitar riesgos?
En JBC Gestión Empresarial, S.L. te ayudamos a revisar si tu asociación debe presentar el Modelo 347
y lo preparamos con seguridad. Contacto directo:
WhatsApp.


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